NotaryBondSurety.comFianzas de notario público en todo el país

Glosario de fianzas de notario

Reconocimiento (acknowledgment)
Acto notarial en el que el firmante declara ante el notario que la firma del instrumento es suya y fue hecha voluntariamente. El notario certifica la declaración, no la veracidad del documento.
Monto de la fianza (penalidad)
La suma máxima que la afianzadora pagará bajo la fianza, fijada por ley. Las penalidades de notario van de $500 a $50,000.
Comisión
La autoridad que otorga el estado para actuar como notario público por un término fijo. La fianza debe cubrir el término de la comisión.
Autoridad comisionante
La oficina que otorga la comisión: generalmente la Secretaría de Estado, pero en algunos estados el Vicegobernador, el Procurador General, el Departamento de Licencias, el Departamento de Instituciones Financieras, el juez de sucesiones o el secretario del condado.
Notario electrónico / eNotary
Notario autorizado a realizar actos notariales sobre registros electrónicos con firma y sello electrónicos, con el firmante físicamente presente. Distinto de la notarización remota en línea.
Seguro de errores y omisiones (E&O)
Seguro de responsabilidad que paga las reclamaciones contra el notario por errores honestos en actos notariales oficiales, con costos de defensa y sin nada que reembolsar. Protege al notario, a diferencia de la fianza.
Fianza de fiel cumplimiento
Fianza condicionada al desempeño honesto y conforme a la ley de las funciones de un cargo. La fianza de notario es una fianza de fiel cumplimiento.
Indemnización
La obligación del notario, asumida al comprar la fianza, de reembolsar a la afianzadora toda reclamación que pague y sus costos.
Registro (journal)
Registro cronológico de actos notariales. Exigido por ley en algunos estados y para actos remotos en la mayoría; aconsejable en todas partes.
Jurat
Acto notarial en el que el firmante jura o afirma ante el notario que el contenido del documento es verdadero y firma en su presencia.
Beneficiario (obligee)
La parte protegida por la fianza. En una fianza de notario, el Estado y, a través de él, todo miembro del público perjudicado por los actos del notario.
Poder (de la afianzadora)
Documento por el que la compañía afianzadora autoriza a su apoderado a ejecutar fianzas en su nombre. Se adjunta a la fianza donde el beneficiario lo exige.
Prima
El precio de la fianza, pagado una sola vez por todo el término de la comisión. Una pequeña fracción de la penalidad.
Afianzado (principal)
La parte cuyo desempeño garantiza la fianza. En una fianza de notario, el notario.
Notarización remota en línea (RON)
Acto notarial realizado por comunicación audiovisual con un firmante que no está físicamente presente, usando verificación de identidad y análisis de credenciales. Algunos estados exigen una fianza separada o mayor.
Ley Uniforme Revisada de Actos Notariales (RULONA)
Estatuto uniforme adoptado por muchos estados desde 2010; varios estados RULONA exigen una 'garantía' en forma de fianza.
Evidencia satisfactoria de identidad
El estándar legal para identificar a un firmante: conocimiento personal, un documento de identificación gubernamental especificado o el juramento de un testigo creíble, según el estatuto de cada estado.
Afianzadora (surety)
La compañía que emite la fianza y garantiza el desempeño del afianzado ante el beneficiario.
Término
El período en que la fianza está vigente, igual al de la comisión: cuatro años en la mayoría de los estados, cinco en D.C., seis en Idaho y Míchigan, ocho en Indiana, diez en Arkansas.

Las fianzas estándar se emiten el mismo día hábil. Solicite en línea en unos cuatro minutos o descargue la solicitud en papel.

Solicite su fianza de notario Solicitud en papel (PDF)